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Vehículos Eléctricos en Propiedad Horizontal

Vehículos Eléctricos en Propiedad Horizontal

El incremento de vehículos eléctricos en Colombia plantea un nuevo reto para las copropiedades. Instalar puntos de carga sin una regulación clara genera conflictos por consumo de energía compartida, sobrecarga en la red eléctrica y desacuerdos en los costos.

Para integrar esta transición de forma armónica y legal, el Consejo de Administración y la Asamblea deben estructurar una normativa clara alineada con la Ley 675 de 2001 y la Ley 1964 de 2019 (que promueve el uso de vehículos eléctricos en el país).

Puntos Clave para Regulares los Cargadores Eléctricos

  • Infraestructura y Capacidad Técnica: Antes de autorizar cualquier instalación, la administración debe solicitar un dictamen técnico de la capacidad eléctrica del edificio. Esto evita sobrecargas que afecten el suministro general o representen un riesgo de incendio.

  • Cargadores en Parqueaderos Privados: El propietario debe asumir el $100\%$ de los costos de cableado, contador independiente e instalación. La conexión debe realizarse desde el contador propio del apartamento o mediante un medidor individual autorizado por la empresa de energía correspondiente.

  • Cargadores en Parqueaderos Comunes o de Visitantes: Si la asamblea aprueba puntos de carga en zonas comunes, estos deben contar con un sistema de cobro por consumo (tarjetas RFID o plataformas digitales) para que solo el usuario pague la energía consumida.

¿Cómo Evitar Sobrecostos para la Comunidad?

Para garantizar que los residentes que no poseen vehículo eléctrico no terminen subsidiando este consumo, se deben aplicar las siguientes medidas:

  1. Prohibición de Conexión a Tomas Comunes: Queda estrictamente prohibido conectar vehículos a tomas corrientes de zonas comunes (porterías, pasillos o parqueaderos) sin un contador dedicado.

  2. Cobro Directo e Independiente: Todo consumo de carga debe estar respaldado por un medidor homologado. El costo del kilovatio consumido se traslada directamente al propietario en su cuenta individual o mediante la factura de servicios públicos.

  3. Mantenimiento y Seguros: Las reparaciones o adecuaciones derivadas de la instalación del punto de carga en áreas compartidas corren por cuenta del propietario del vehículo.

Proceso de Aprobación y Reglamentación

  • Solicitud Formal: El residente debe presentar a la administración el diseño técnico firmado por un electricista certificado (RETIE).
  • Actualización del Manual de Convivencia: La Asamblea General debe aprobar la reglamentación sobre horarios de carga, uso de zonas comunes de recarga y el régimen de sanciones por uso no autorizado de la red eléctrica general.